SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ACUERDO Nº 001 de Enero 22 de 2010
Por el cual se reglamenta y adopta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Alumnos (SIDE) de la Institución Educativa San Mateo del Municipio de Magangué Bolívar, teniendo en cuenta la autonomía concedida por el Decreto 1290 de 2009, recomendaciones del Comité de Calidad, del Consejo Académico y de la Comunidad Educativa en general.
El Consejo Directivo en uso de sus facultades y la autonomía concedida y
CONSIDERANDO:
RESUELVE
Establecer el presente Sistema Institucional de Evaluación y Promoción para la Institución Educativa san Mateo, que se evaluará anualmente, para posibles ajustes y que consta de los siguientes capítulos:
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°. Conceptualización de Evaluación.
Desde el punto de vista educativo, la evaluación es la acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo del alumno, los procesos pedagógicos o administrativos, así como sus resultados, con el fin de elevar y mantener la calidad de los mismos. El campo de la evaluación educativa es muy amplio: los objetos, los procesos, las acciones, las relaciones, todos pueden ser estimados, apreciados o valorados según determinadas exigencias, necesidades, intereses, expectativas o aspiraciones.
Artículo 2°. Características de la Evaluación.
A) CONTINUA: es decir que se realizará en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso.
B) INTEGRAL: se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del estudiante, como:
Se le aplicarán las que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados, de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, c ifras, resultado final, y que no tienen en cuenta el proceso del ejercicio y no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognoscitivos.
C) SISTEMÁTICA: Se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión de la Institución, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.
D) FLEXIBLE; se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales.
Los profesores identificarán las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada, y en especial ofreciéndoles oportunidades para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida.
E) INTERPRETATIVA: Se permitirá que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las dificultades; para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.
Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre estudiantes contra profesores o viceversa.
F) PARTICIPATIVA: se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aporten métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, practicas de campo y de taller, con el fin de que alcancen entre otras las competencias de analizar, interpretar, argumentar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor.
G) FORMATIVA: nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en algún área o asignatura, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve entre otros
Por el cual se reglamenta y adopta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Alumnos (SIDE) de la Institución Educativa San Mateo del Municipio de Magangué Bolívar, teniendo en cuenta la autonomía concedida por el Decreto 1290 de 2009, recomendaciones del Comité de Calidad, del Consejo Académico y de la Comunidad Educativa en general.
El Consejo Directivo en uso de sus facultades y la autonomía concedida y
CONSIDERANDO:
- Que la Ley 115 de febrero 8 de 1994, en sus artículos 77 y 78 confiere autonomía escolar a los establecimientos educativos.
- Que es necesario establecer y precisar los criterios que se han de seguir para efectos de la evaluación y promoción de los estudiantes.
- Que la evaluación y promoción escolar como actos educativos deben ser procesos permanentes y continuos, en los cuales se valoran todas las facetas de los estudiantes en áreas de la integridad.
- Que es fundamental velar por la formación integral de nuestros educandos, de acuerdo con el PEI de la institución y su filosofía educativa.
- Que el Consejo Académico, como máximo organismo de carácter consultivo en materia curricular, académica y pedagógica, discutió y elaboró la presente propuesta sobre evaluación y promoción de los estudiantes.
- Que el decreto 1290 de abril 16 de 2009, concede autonomía para establecer los criterios de evaluación y promoción.
- Que el Consejo Directivo estudió dicha propuesta en todas sus partes.
RESUELVE
Establecer el presente Sistema Institucional de Evaluación y Promoción para la Institución Educativa san Mateo, que se evaluará anualmente, para posibles ajustes y que consta de los siguientes capítulos:
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°. Conceptualización de Evaluación.
Desde el punto de vista educativo, la evaluación es la acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo del alumno, los procesos pedagógicos o administrativos, así como sus resultados, con el fin de elevar y mantener la calidad de los mismos. El campo de la evaluación educativa es muy amplio: los objetos, los procesos, las acciones, las relaciones, todos pueden ser estimados, apreciados o valorados según determinadas exigencias, necesidades, intereses, expectativas o aspiraciones.
Artículo 2°. Características de la Evaluación.
A) CONTINUA: es decir que se realizará en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final de cada tema, unidad, periodo, clase o proceso.
B) INTEGRAL: se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del estudiante, como:
- Las pruebas escritas para evidenciar el proceso de aprendizaje y organización del conocimiento.
Se le aplicarán las que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados, de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, c ifras, resultado final, y que no tienen en cuenta el proceso del ejercicio y no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognoscitivos.
- La observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logros en los cuales se desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante.
- El diálogo con el estudiante y padre de familia, como elemento de reflexión y análisis, para obtener información que complemente la obtenida en la observación y en las pruebas escritas.
- La autoevaluación por parte de los mismos estudiantes, y la participación de los padres de familia en la evaluación de sus hijos a través de tareas formativas dejadas para la casa, y sobre las que los padres evaluaran por escrito el cumplimiento de las mismas en los cuadernos de los estudiantes.
- La co-evaluación entre los estudiantes, cuando se desarrollen pruebas escritas o conceptuales dentro del salón.
- Conversatorios con la misma intención del diálogo, realizados entre el profesor y el educando o un grupo de ellos.
C) SISTEMÁTICA: Se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión de la Institución, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.
D) FLEXIBLE; se tendrán en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales.
Los profesores identificarán las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada, y en especial ofreciéndoles oportunidades para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida.
E) INTERPRETATIVA: Se permitirá que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las dificultades; para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.
Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre estudiantes contra profesores o viceversa.
F) PARTICIPATIVA: se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aporten métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, practicas de campo y de taller, con el fin de que alcancen entre otras las competencias de analizar, interpretar, argumentar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor.
G) FORMATIVA: nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en algún área o asignatura, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve entre otros
La promoción requiere de criterios y procedimientos:
Articulo 3. PROMOCIÓN NORMAL.
Promoción de asignaturas.
Parágrafo: En todo caso, para efectos de aprobar la asignatura, el estudiante debe cumplir con los numerales 1 y 2.
· PROMOCIÓN DE ÁREAS:
1. Cuando la asignatura equivale al área, ésta queda aprobada cuando se aprueba la asignatura.
2. Cuando el área está compuesta por dos o más asignaturas existen dos criterios que deben cumplirse para la aprobación:
a) Cuando el área está compuesta por más de dos asignaturas, debe aprobar la mayoría de ellas.
b) En el caso de áreas que se encuentren conformadas por dos asignaturas con la misma o diferente intensidad horaria, se halla el resultado de las dos de acuerdo a la ponderación a la que hace referencia el cuadro N°1
En todo caso se calcula el resultado de la ponderación de las asignaturas y el valor mínimo debe ser básico (6.0) para aprobar.
Parágrafo: Del grupo de áreas obligatorias y fundamentales, conformadas por Humanidades, lengua castellana e Idiomas extranjero (inglés), en la I.E San Mateo, se ha definido de manera independiente: lengua castellana e idioma extranjero, con ponderación de 100% cada una, para efectos de promoción. Con base en el artículo 23, numeral 7 de la ley 115 de 1994.
Articulo 3. PROMOCIÓN NORMAL.
Promoción de asignaturas.
- Cantidad o porcentaje de logros aprobados por áreas o asignaturas que reprueban: Más del 60%
- Asistencia de clases. 75% de la asistencia.
- Si el estudiante tuvo una asistencia menor del 75% de las clases de la asignatura y su desempeño durante el año fue alto o superior, de acuerdo con el primer criterio, entonces se promueve en la asignatura.
Parágrafo: En todo caso, para efectos de aprobar la asignatura, el estudiante debe cumplir con los numerales 1 y 2.
· PROMOCIÓN DE ÁREAS:
1. Cuando la asignatura equivale al área, ésta queda aprobada cuando se aprueba la asignatura.
2. Cuando el área está compuesta por dos o más asignaturas existen dos criterios que deben cumplirse para la aprobación:
a) Cuando el área está compuesta por más de dos asignaturas, debe aprobar la mayoría de ellas.
b) En el caso de áreas que se encuentren conformadas por dos asignaturas con la misma o diferente intensidad horaria, se halla el resultado de las dos de acuerdo a la ponderación a la que hace referencia el cuadro N°1
En todo caso se calcula el resultado de la ponderación de las asignaturas y el valor mínimo debe ser básico (6.0) para aprobar.
Parágrafo: Del grupo de áreas obligatorias y fundamentales, conformadas por Humanidades, lengua castellana e Idiomas extranjero (inglés), en la I.E San Mateo, se ha definido de manera independiente: lengua castellana e idioma extranjero, con ponderación de 100% cada una, para efectos de promoción. Con base en el artículo 23, numeral 7 de la ley 115 de 1994.
Parágrafo: Para efectos de la Promoción anticipada de estudiantes en cualquiera de las dos modalidades descritas anteriormente, es requisito indispensable que se cumplan en cada caso los tres criterios y procesos estipulados para tal fin.
Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que en cualquier época del primer período del año lectivo en curso, demuestre persistentemente un desempeño superior en la adquisición de los indicadores y logros, y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal, procedimental, entre otros, de acuerdo al artículo 7 del Decreto 1290/09.
Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto el grado 11º que se debe cursar completo), recomendarán al Consejo Académico la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente.
Si el Consejo Académico encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los profesores al director de grupo, se elabora un Acta para el Rector debidamente sustentada, con el fin de que éste produzca la Resolución Rectoral que legalice dicha situación, previa consulta que hará éste con el tutor y estudiante que se promueve en forma anticipada.
Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia de la Resolución reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al estudiante promovido.
Articulo 5. CRITERIOS DE REPROBACIÓN DE GRADO.
Los criterios para la reprobación son los siguientes:
Con los anteriores criterios definimos la promoción o reprobación de los estudiantes de la siguiente manera:
Si en este tiempo no realiza las actividades de recuperación, se consideran reprobadas dichas áreas y tendrá que validarlas antes de terminar cada ciclo de acuerdo con los estándares.
No se podrá obtener el titulo de “BACHILLER” con áreas perdidas en ningún grado de la educación básica y media¸ de acuerdo al artículo 18 del Decreto 1290/09, salvo en los casos de las áreas perdidas y no recuperadas en la vigencia del Decreto 230-02 que ya quedan definitivamente perdidas y por lo tanto se pueden graduar.
Articulo 6. ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN.
Los estudiantes que al finalizar el año escolar obtengan valoración de desempeño BAJO en una o dos áreas, presentarán la recuperación de dichas áreas durante el año siguiente en las fechas previstas anteriormente con los siguientes criterios:
Las recuperaciones son acciones o actividades de refuerzo, complementación, investigación, practicas, proyectos, elaboradas y programadas por cada profesor en su área o curso, para ser desarrolladas y demostradas por los estudiantes.
Los docentes utilizan para ello estudiantes monitores, que ayuden en la explicación y comprensión de los logros e indicadores en los que los estudiantes hayan tenido dificultades en su desempeño. También se contará con la colaboración de los padres de familia, las comisiones de evaluación y promoción o cualquier otra forma que no implique la suspensión de clases para adelantar y demostrar dichas actividades.
La recuperación de las áreas perdidas a fin de año, no se harán solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y directa del estudiante ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva como formativa en su desarrollo social, personal y académico.
Articulo 7. REPROBACIÓN
El estudiante que pierda tres o más áreas con desempeño bajo se considera reprobado el grado y deberá matricularse a repetirlo durante todo el año siguiente.
No serán promovidos al grado siguiente, los estudiantes que hayan dejado de asistir al plantel, el 25 % del año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por el colegio, en consecuencia deberán reiniciar.
Articulo 8. DESIGNACIÓN DE UN SEGUNDO EVALUADOR
Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza, venganza u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, la comisión de evaluación y promoción podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.
Articulo 9. GRADUACIÓN
En la Institución se adelantará solamente la ceremonia de grado para los estudiantes de once. En el nivel de transición se realizará ceremonia de clausura y en los demás niveles y ciclos queda prohibida la realización de estos actos.
Articulo 10. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA
Los estudiantes que culminen su grado 9º y hayan aprobado todas las áreas incluyendo las de los grados anteriores, recibirán un certificado que conste la culminación de este Nivel de Educación Básica.
Al culminar el nivel de la educación básica, no hay ceremonia de graduación.
El grado de pre-escolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación pre-escolar, es decir que no se reprueba. En este nivel- no hay ceremonia de grado sino de clausura.
Articulo 11. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.
Para efectos de la escala bimestral a los estudiantes en cada una de las áreas, se les tendrán en cuenta los siguientes parámetros de valoración:
El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del estudiante en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los logros, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI.
Este informe final no será solamente la suma y el promedio de los informes bimestrales, sino el análisis que el docente hace a su estudiante en cuanto al rendimiento académico y formativo en todo el grado:
La escala de valoración del plantel será la siguiente:
Parágrafo: Con el propósito de alcanzar la excelencia académica, esta escala de valoración puede ir ajustándose en el tiempo, de acuerdo con los resultados de las diferentes pruebas que se realizan a nivel nacional.
Articulo 12. CRITERIOS Y DEFINICIONES PARA DETERMINAR LOS DESEMPEÑOS
ADOPTADOS POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN MATEO:
Desempeño Superior. Valoración numérica: de 9.5 a 10
El estudiante obtiene desempeño superior cuando:
Desempeño Alto. Valoración numérica: de 8.0 a 9.4
El Estudiante obtiene desempeño alto cuando:
Desempeño Básico. Valoración numérica: de 6.0 a 7.9
El estudiante obtiene desempeño básico cuando:
Desempeño Bajo. Valoración numérica: de 1.0 a 5.9
El estudiante muestra desempeño bajo cuando:
Articulo 14. REPROBACIÓN DE ÁREAS
Los estudiantes tendrán la evaluación de desempeño Bajo cuando no alcancen al finalizar el año escolar, el 60% de los logros previstos para el área, caso en el cual se considera reprobada dicha área y se tendrán que realizar actividades de nivelación para el caso de una o dos áreas reprobadas.
Con tres áreas con Desempeño Bajo, se considera Reprobado el grado el cual deberá repetirse en su totalidad.
En los cuatro informes periódicos, se tendrá en cuenta para efectos de aprobación de cada área, el 60 % de los indicadores de logros alcanzados.
Articulo 15. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.
En todas las evaluaciones parciales o totales que se haga a los estudiantes, se tienen en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:
La evaluación es un proceso continuo, por ello, los docentes realizan con los estudiantes al finalizar cada clase, tema, unidad o período, actividades como pruebas escritas, ensayos, conversatorios, diálogos personales o grupales, exposiciones, tareas, prácticas de campo o de taller, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos. Para el éxito de este proceso se tendrán en cuenta los siguientes procedimientos:
Articulo 17. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan al estudiante hacer auto-reflexión y evaluaciones de carácter conceptual y formativo, los cuales tienen un valor muy importante en la evaluación de final de período o de año que se haga, siempre y cuando esa autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y comportamientos.
Articulo 18. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
RECUPERACIONES:
Los estudiantes que al finalizar el año lectivo obtengan valoración de desempeño BAJO en una o dos áreas, tendrán como plazo máximo antes de finalizar el primer período del año siguiente.
Estas actividades están diseñadas como acciones de refuerzo, investigación, complementación, proyectos, prácticas, ensayos, programadas y elaboradas por cada profesor en su respectiva área, las cuales deben ser desarrolladas y demostradas por los estudiantes.
Para este fin el profesor puede designar estudiantes monitores que ayuden a sus compañeros en la compresión y obtención de los indicadores, logros y competencias en los cuales hayan tenido dificultades, y contará además con la colaboración de los padres de familia, las comisiones de evaluación y promoción, la Orientación escolar, o cualquier otro medio que no implique la suspensión de clases para realizar dichas actividades.
Las recuperaciones de las áreas reprobadas al finalizar el año escolar, se realizan en las fechas previstas en el Numeral 1 de este ACUERDO.
Articulo 19. ACCIONES QUE GARANTICEN EL CUMPLIMIENTO POR PARTE DE DIRECTIVOS Y DOCENTES PARA QUE CUMPLAN LO ESTABLECIDO EN ESTE SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este ACUERDO, cualquier miembro del Consejo directivo, del Consejo Académico, del Consejo Estudiantil, de la Asociación o Asamblea de Padres de Familia, estarán atentos, para que estas pautas sean conocidas y divulgadas ante toda la Comunidad Educativa, para cuando detecten alguna irregularidad, se puedan dirigir en primera instancia al docente del área, al director de grupo, a la coordinación académica, a las Comisiones de Evaluación y Promoción, al Consejo Directivo y en última instancia a la respectiva Secretaría de Educación.
Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico propone ante el Consejo Directivo, la creación de las siguientes Comisiones de Evaluación y Promoción de estudiantes:
Estas comisiones se integran con representantes de los profesores, padres de familia y estudiantes. Cada sede de la Institución Educativa tendrá una subcomisión de de evaluación y promoción integradas de manera similar a las de la sede central del plantel.
Además debe conformarse una comisión central de evaluación y promoción encargada de dar el visto bueno a las decisiones tomadas por las comisiones de las diferentes sedes para avalar o rechazar decisiones en caso en que se presenten anomalías que pongan en riesgo la visión y misión institucional. Las comisiones de las sedes entregarán las actas parciales de las decisiones tomadas y de la promoción y reprobación definitivas al culminar el año escolar a la comisión central para su visto bueno.
Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción:
Articulo 20. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA.
Durante el año lectivo se entregarán a los estudiantes y padres de familia, cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes al año escolar.
Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional.
Las evaluaciones de unidades, trabajos, tareas, se entregarán a los estudiantes a más tardar la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán previamente a la entrega de los informes bimestrales, el resultado final del bimestre, para las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en el plantel, antes de ser pasadas a los boletines informativos.
Articulo 21. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES
Los informes que se entregan a los padres de familia ó acudiente en cada período y el informe final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y total del grado.
En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de uno (1) a diez (10).
En la siguiente columna, va la evaluación de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas descritas en el numeral 2 de este ACUERDO, y a continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y debilidades demostradas en el período o año evaluados, referida a los indicadores, logros y competencias alcanzados. Al finalizar el informe, se ubican unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se describe el COMPORTAMIENTO general demostrado por el estudiante en su proceso formativo y ético durante el período o año descrito, con sus aspectos sobresalientes o deficientes y las recomendaciones para su mejoramiento.
Los informes periódicos y finales de evaluación se entregarán en papel membreteado de la Institución, firmados por el Rector, Secretaria y el Director de grupo.
Los certificados de estudio solicitados por los padres de familia o acudiente, serán firmados por el Rector y la secretaria del Establecimiento o a quien delegue para tal efecto.
Articulo 22. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Los estudiantes y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:
Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de cinco días hábiles para resolver y dar respuesta a las reclamaciones por escrito con los debidos soportes.
Articulo 23. DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
De acuerdo al artículo 14 del Decreto 1290/09 los padres de familia tienen los siguientes derechos:
De acuerdo al artículo 15 del Decreto 1290/09 los padres de familia tienen los siguientes deberes:
Además de lo anterior, los padres de familia y/o acudientes deben responder al llamado que le hagan los docentes y coordinadores; así como también, asistir puntualmente a las reuniones periódicas para entrega de informes y/o reuniones de apoyo y formación, tales como escuelas de padres y otros.
Articulo 24. DE LOS DOCENTES Y SU PRÁCTICA PEDAGÓGICA.
De acuerdo con los propósitos de la evaluación integral, a continuación presentamos algunas recomendaciones y guías relacionadas con la práctica pedagógica del docente:
a) DOMINIO DE LOS ESTÁNDARES E INDICADORES DE LOGROS:
b) DOMINIO DEL CONOCIMIENTO:
c) RECURSOS:
d) CLIMA PSICOLÓGICO DEL SALÓN DE CLASE:
e) ETAPA DE MOTIVACIÓN:
f) ETAPA DE ORIENTACIÓN:
g) ETAPA DE CONTROL:
h) PRODUCTIVIDAD DURANTE LA CLASE:
Articulo 25. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
El presente Sistema Institucional de evaluación, fue consultado previamente con representantes de los profesores, padres de familia y estudiantes, por medio de correo electrónico y reuniones colectivas. Se recibieron las sugerencias por el mismo medio, quedando organizado tal como se aprueba en este ACUERDO.
Previo a lo anterior se hizo conocer la propuesta a los miembros del Consejo Directivo y del Consejo Académico en reuniones directas de socialización.
El Consejo Académico fue el encargado de hacer el análisis de la propuesta, divulgarla y recibir las sugerencias de las instancias mencionadas anteriormente.
Por último, se efectuó una reunión entre el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución, en la que estuvieron los representantes de las Directivas, profesores, padres de familia, estudiantes, ex estudiantes y un representante de los gremios económicos, para aprobar el Sistema que tendrá vigencia a partir del año 2010.
Articulo 26. FIRMAN MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO
Las adiciones o enmiendas a este ACUERDO, se pueden hacer en cualquier época del año, previo estudio y aprobación del Consejo Directivo.
El presente acuerdo se firma en Magangué Bolívar a los 22 días del mes de Enero de 2010.
El presente acuerdo rige a partir del 25 de Enero de 2010, fecha en la que se da inicio al año lectivo respectivo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Firmado Consejo Directivo de la Institución Educativa San Mateo.
Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que en cualquier época del primer período del año lectivo en curso, demuestre persistentemente un desempeño superior en la adquisición de los indicadores y logros, y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal, procedimental, entre otros, de acuerdo al artículo 7 del Decreto 1290/09.
Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto el grado 11º que se debe cursar completo), recomendarán al Consejo Académico la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente.
Si el Consejo Académico encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los profesores al director de grupo, se elabora un Acta para el Rector debidamente sustentada, con el fin de que éste produzca la Resolución Rectoral que legalice dicha situación, previa consulta que hará éste con el tutor y estudiante que se promueve en forma anticipada.
Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia de la Resolución reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al estudiante promovido.
Articulo 5. CRITERIOS DE REPROBACIÓN DE GRADO.
Los criterios para la reprobación son los siguientes:
- Números de áreas reprobadas.
- Porcentaje de inasistencia a las actividades institucionales.
Con los anteriores criterios definimos la promoción o reprobación de los estudiantes de la siguiente manera:
- El estudiante que repruebe una o dos áreas, se promociona y matricula en el grado siguiente como APROBADO. Tendrá un período de tiempo para presentar las recuperaciones de estas áreas reprobadas en las siguientes fechas:
- Al iniciar el año escolar, y en cualquier caso antes de finalizar el primer período de acuerdo al cronograma establecido por la Coordinación académica de la Institución Educativa.
Si en este tiempo no realiza las actividades de recuperación, se consideran reprobadas dichas áreas y tendrá que validarlas antes de terminar cada ciclo de acuerdo con los estándares.
No se podrá obtener el titulo de “BACHILLER” con áreas perdidas en ningún grado de la educación básica y media¸ de acuerdo al artículo 18 del Decreto 1290/09, salvo en los casos de las áreas perdidas y no recuperadas en la vigencia del Decreto 230-02 que ya quedan definitivamente perdidas y por lo tanto se pueden graduar.
Articulo 6. ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN.
Los estudiantes que al finalizar el año escolar obtengan valoración de desempeño BAJO en una o dos áreas, presentarán la recuperación de dichas áreas durante el año siguiente en las fechas previstas anteriormente con los siguientes criterios:
Las recuperaciones son acciones o actividades de refuerzo, complementación, investigación, practicas, proyectos, elaboradas y programadas por cada profesor en su área o curso, para ser desarrolladas y demostradas por los estudiantes.
Los docentes utilizan para ello estudiantes monitores, que ayuden en la explicación y comprensión de los logros e indicadores en los que los estudiantes hayan tenido dificultades en su desempeño. También se contará con la colaboración de los padres de familia, las comisiones de evaluación y promoción o cualquier otra forma que no implique la suspensión de clases para adelantar y demostrar dichas actividades.
La recuperación de las áreas perdidas a fin de año, no se harán solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y directa del estudiante ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva como formativa en su desarrollo social, personal y académico.
Articulo 7. REPROBACIÓN
El estudiante que pierda tres o más áreas con desempeño bajo se considera reprobado el grado y deberá matricularse a repetirlo durante todo el año siguiente.
No serán promovidos al grado siguiente, los estudiantes que hayan dejado de asistir al plantel, el 25 % del año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por el colegio, en consecuencia deberán reiniciar.
Articulo 8. DESIGNACIÓN DE UN SEGUNDO EVALUADOR
Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza, venganza u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, la comisión de evaluación y promoción podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.
Articulo 9. GRADUACIÓN
En la Institución se adelantará solamente la ceremonia de grado para los estudiantes de once. En el nivel de transición se realizará ceremonia de clausura y en los demás niveles y ciclos queda prohibida la realización de estos actos.
- El título de Bachiller Académico se otorga a los estudiantes de grado once, que hayan aprobado todos los niveles y ciclos incluyendo el once.
- Quienes cursaron el nivel medio de “Bachillerato Académico “reciben dicho título, y si realizaron algún “énfasis” ofrecido por la institución, éste se les otorga en un Certificado Diploma en forma separada, haciendo constar la intensidad horaria total de dicho énfasis o profundización.
- Estudiantes que vayan de grado décimo de Bachillerato Técnico, pueden matricularse en once de Bachillerato Académico.
- El estudiante que culmine el grado once y tenga áreas pendientes por nivelar y no lo haga en el año siguiente, se considera perdido dicho grado y debe cursarlo nuevamente ya que este no se puede validar. En casos de que por fuerza mayor, un estudiante no logre efectuar la recuperación de una o dos áreas perdidas, la Institución Educativa programará actividades de recuperación al iniciar el primer período del año lectivo siguiente.
- Los estudiantes que culminen el grado once y pierdan una o dos áreas podrán nivelarlas antes de la ceremonia de grado y en casos excepcionales en la semana anterior al inicio del nuevo año escolar, con el fin de que puedan ingresar a la universidad o prestar su servicio militar si les corresponde, y posterior a estas nivelaciones recibirán su título de bachiller.
Articulo 10. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA
Los estudiantes que culminen su grado 9º y hayan aprobado todas las áreas incluyendo las de los grados anteriores, recibirán un certificado que conste la culminación de este Nivel de Educación Básica.
Al culminar el nivel de la educación básica, no hay ceremonia de graduación.
El grado de pre-escolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación pre-escolar, es decir que no se reprueba. En este nivel- no hay ceremonia de grado sino de clausura.
Articulo 11. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.
Para efectos de la escala bimestral a los estudiantes en cada una de las áreas, se les tendrán en cuenta los siguientes parámetros de valoración:
- Se harán valoraciones numéricas de 1 a 10 en cada área en unidades enteras de (1.0-1.1- 1.2 -1.3- 1.4 a 10) y así sucesivamente hasta 10.
- Esta escala numérica se equivaldrá cada bimestre a la escala nacional de desempeños Superior, Alto, Básico y Bajo; por lo tanto los boletines bimestrales se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los estudiantes en su desempeño integral durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento.
El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del estudiante en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los logros, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI.
Este informe final no será solamente la suma y el promedio de los informes bimestrales, sino el análisis que el docente hace a su estudiante en cuanto al rendimiento académico y formativo en todo el grado:
La escala de valoración del plantel será la siguiente:
- Desempeño Superior 9.5 a 10
- Desempeño Alto 8.0 a 9.4
- Desempeño Básico 6.0 a 7.9
- Desempeño Bajo 1.0 a 5.9
Parágrafo: Con el propósito de alcanzar la excelencia académica, esta escala de valoración puede ir ajustándose en el tiempo, de acuerdo con los resultados de las diferentes pruebas que se realizan a nivel nacional.
Articulo 12. CRITERIOS Y DEFINICIONES PARA DETERMINAR LOS DESEMPEÑOS
ADOPTADOS POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN MATEO:
Desempeño Superior. Valoración numérica: de 9.5 a 10
El estudiante obtiene desempeño superior cuando:
- Demuestra desempeño sobresaliente, coherente con los niveles de competencia y los criterios formulados, acordes con los estándares básicos para cada área y grado evaluado.
- Ha conseguido evidenciar un excepcional dominio de todos lo tipos de razonamientos, usando a plenitud sus funciones cognitivas y sus desempeños están por encima de lo esperado, participa de manera positiva y productiva en las actividades curriculares, manteniendo óptimo comportamiento y sentido de pertenencia.
Desempeño Alto. Valoración numérica: de 8.0 a 9.4
El Estudiante obtiene desempeño alto cuando:
- Demuestra desempeño satisfactorio, coherente con los niveles de competencia y los criterios formulados, acorde con los estándares básicos para cada área y grado evaluado.
- Desarrolla actividades curriculares adecuadas a las exigencias esperadas, participa de manera activa en las actividades curriculares, manteniendo buen comportamiento y sentido de pertenencia.
- Otros que defina la Institución.
Desempeño Básico. Valoración numérica: de 6.0 a 7.9
El estudiante obtiene desempeño básico cuando:
- Demuestra desempeño mínimo, coherente con los niveles de competencia y los criterios formulados, acorde con los estándares básicos.
- Desarrolla las actividades curriculares necesarias con referencia a las exigencias esperadas.
- Requiere de apoyo para alcanzar las metas.
- Supera las dificultades con actividades de nivelación dentro del periodo académico y manifiesta sentido de partencia por la Institución.
- Otros que defina la Institución.
Desempeño Bajo. Valoración numérica: de 1.0 a 5.9
El estudiante muestra desempeño bajo cuando:
- No supera los desempeños necesarios, en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referencia los niveles de competencia y los criterios formulados, acorde con los estándares básicos, las orientaciones del MEN y lo establecido en el PEI.
- Demuestra poca apropiación del conocimiento y el compromiso con las actividades curriculares no corresponde a lo esperado.
Articulo 14. REPROBACIÓN DE ÁREAS
Los estudiantes tendrán la evaluación de desempeño Bajo cuando no alcancen al finalizar el año escolar, el 60% de los logros previstos para el área, caso en el cual se considera reprobada dicha área y se tendrán que realizar actividades de nivelación para el caso de una o dos áreas reprobadas.
Con tres áreas con Desempeño Bajo, se considera Reprobado el grado el cual deberá repetirse en su totalidad.
En los cuatro informes periódicos, se tendrá en cuenta para efectos de aprobación de cada área, el 60 % de los indicadores de logros alcanzados.
Articulo 15. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.
En todas las evaluaciones parciales o totales que se haga a los estudiantes, se tienen en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:
- Se definen los logros y los Indicadores de cada área en el respectivo grado, teniendo en cuenta los Fines del Sistema Educativo, Objetivos por niveles y ciclos, Visión y Misión del plantel, Estándares básicos de competencias y Lineamientos Curriculares.
- Se ubican las distintas actividades y formas de evaluar a los estudiantes a lo largo del desarrollo del área, de tal forma que tengan correspondencia con los indicadores, los logros y las competencias fijadas para los períodos y para todo el año escolar.
- Se observará el trabajo de los estudiantes al desarrollar las actividades, tareas, ensayos, exámenes, comportamientos, aptitudes, valores, desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral.
- Cada docente elabora los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza de su área, deben demostrar en su desempeño los estudiantes, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlos.
- Finalmente se toman las decisiones que permitan a todos los estudiantes alcanzar los más altos niveles de indicadores, logros y competencias, que les permitan su promoción a los grados superiores del Sistema Educativo, plasmadas en las escalas valorativas numéricas y conceptuales descritas anteriormente.
La evaluación es un proceso continuo, por ello, los docentes realizan con los estudiantes al finalizar cada clase, tema, unidad o período, actividades como pruebas escritas, ensayos, conversatorios, diálogos personales o grupales, exposiciones, tareas, prácticas de campo o de taller, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos. Para el éxito de este proceso se tendrán en cuenta los siguientes procedimientos:
- Se identificarán las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para adecuar el diseño curricular a la realidad del colegio y de la comunidad educativa.
- Se harán reuniones con las Comisiones de evaluación y promoción, especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.
- Se designarán estudiantes monitores que tengan buen rendimiento académico y personal, para ayudar a los que tengan dificultades, con el fin de apoyarlos en las jornadas contrarias; ayuda que pueden prestar en el Colegio o en las casas de los mismos estudiantes.
- Se realizan actividades de recuperación para estudiantes con desempeños bajos o regulares en los momentos que el docente considere oportuno.
- En todos los grados, ciclos y niveles se realizarán pruebas semestrales y finales, las cuales tendrán una valoración, de acuerdo a un cronograma previamente establecido por la coordinación académica y con base en una tabla porcentual de valoración que establecerá el Consejo Académico de la Institución Educativa.
Articulo 17. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan al estudiante hacer auto-reflexión y evaluaciones de carácter conceptual y formativo, los cuales tienen un valor muy importante en la evaluación de final de período o de año que se haga, siempre y cuando esa autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y comportamientos.
- Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además co-evaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en la clase.
- Con la asistencia profesional del servicio de Orientación escolar, se realizan seminarios prácticos que induzcan y aclaren a los estudiantes, la importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y limitaciones.
Articulo 18. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
RECUPERACIONES:
Los estudiantes que al finalizar el año lectivo obtengan valoración de desempeño BAJO en una o dos áreas, tendrán como plazo máximo antes de finalizar el primer período del año siguiente.
Estas actividades están diseñadas como acciones de refuerzo, investigación, complementación, proyectos, prácticas, ensayos, programadas y elaboradas por cada profesor en su respectiva área, las cuales deben ser desarrolladas y demostradas por los estudiantes.
Para este fin el profesor puede designar estudiantes monitores que ayuden a sus compañeros en la compresión y obtención de los indicadores, logros y competencias en los cuales hayan tenido dificultades, y contará además con la colaboración de los padres de familia, las comisiones de evaluación y promoción, la Orientación escolar, o cualquier otro medio que no implique la suspensión de clases para realizar dichas actividades.
Las recuperaciones de las áreas reprobadas al finalizar el año escolar, se realizan en las fechas previstas en el Numeral 1 de este ACUERDO.
Articulo 19. ACCIONES QUE GARANTICEN EL CUMPLIMIENTO POR PARTE DE DIRECTIVOS Y DOCENTES PARA QUE CUMPLAN LO ESTABLECIDO EN ESTE SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este ACUERDO, cualquier miembro del Consejo directivo, del Consejo Académico, del Consejo Estudiantil, de la Asociación o Asamblea de Padres de Familia, estarán atentos, para que estas pautas sean conocidas y divulgadas ante toda la Comunidad Educativa, para cuando detecten alguna irregularidad, se puedan dirigir en primera instancia al docente del área, al director de grupo, a la coordinación académica, a las Comisiones de Evaluación y Promoción, al Consejo Directivo y en última instancia a la respectiva Secretaría de Educación.
Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico propone ante el Consejo Directivo, la creación de las siguientes Comisiones de Evaluación y Promoción de estudiantes:
- Una comisión para el grado transición (a nivel de evaluación).
- Una comisión para los grados 1 a 3.
- Una comisión para los grados 4 y 5.
- Una comisión para los grados 6 y 7.
- Una comisión para los grados 8 y 9.
- Una comisión para los grados 10 y 11.
Estas comisiones se integran con representantes de los profesores, padres de familia y estudiantes. Cada sede de la Institución Educativa tendrá una subcomisión de de evaluación y promoción integradas de manera similar a las de la sede central del plantel.
Además debe conformarse una comisión central de evaluación y promoción encargada de dar el visto bueno a las decisiones tomadas por las comisiones de las diferentes sedes para avalar o rechazar decisiones en caso en que se presenten anomalías que pongan en riesgo la visión y misión institucional. Las comisiones de las sedes entregarán las actas parciales de las decisiones tomadas y de la promoción y reprobación definitivas al culminar el año escolar a la comisión central para su visto bueno.
Funciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción:
- Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.
- Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores y logros a los estudiantes que tengan dificultades en su obtención.
- Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
- Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes que demuestren capacidades excepcionales, para la Promoción ordinaria de estudiantes con discapacidades notorias y para la promoción anticipada de estudiantes reprobados.
- Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendará la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
- Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el Sistema Institucional de evaluación definido en el presente ACUERDO.
- Otras que determina la institución a través del PEI.
- Elaborar su propio reglamento.
Articulo 20. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA.
Durante el año lectivo se entregarán a los estudiantes y padres de familia, cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes al año escolar.
Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional.
Las evaluaciones de unidades, trabajos, tareas, se entregarán a los estudiantes a más tardar la semana siguiente a la realización de las mismas, y conocerán previamente a la entrega de los informes bimestrales, el resultado final del bimestre, para las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en el plantel, antes de ser pasadas a los boletines informativos.
Articulo 21. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES
Los informes que se entregan a los padres de familia ó acudiente en cada período y el informe final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y total del grado.
En dos columnas se escribe, en una la evaluación numérica de uno (1) a diez (10).
En la siguiente columna, va la evaluación de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de acuerdo con las equivalencias numéricas descritas en el numeral 2 de este ACUERDO, y a continuación una descripción objetiva, explicativa, sobre las fortalezas y debilidades demostradas en el período o año evaluados, referida a los indicadores, logros y competencias alcanzados. Al finalizar el informe, se ubican unos renglones con el término “OBSERVACIONES”, en el cual se describe el COMPORTAMIENTO general demostrado por el estudiante en su proceso formativo y ético durante el período o año descrito, con sus aspectos sobresalientes o deficientes y las recomendaciones para su mejoramiento.
Los informes periódicos y finales de evaluación se entregarán en papel membreteado de la Institución, firmados por el Rector, Secretaria y el Director de grupo.
Los certificados de estudio solicitados por los padres de familia o acudiente, serán firmados por el Rector y la secretaria del Establecimiento o a quien delegue para tal efecto.
Articulo 22. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Los estudiantes y padres de familia que consideren se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:
- El docente en el aula.
- El director de grupo.
- El Coordinador académico.
- La Comisión de evaluación y promoción.
- El Rector del Establecimiento.
- El Consejo Directivo.
Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de cinco días hábiles para resolver y dar respuesta a las reclamaciones por escrito con los debidos soportes.
Articulo 23. DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
De acuerdo al artículo 14 del Decreto 1290/09 los padres de familia tienen los siguientes derechos:
- Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos, e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.
- Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
- Recibir los informes periódicos de evaluación.
- Recibir respuestas oportunas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.
De acuerdo al artículo 15 del Decreto 1290/09 los padres de familia tienen los siguientes deberes:
- Participar a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.
- Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
- Analizar los informes periódicos de evaluación.
- Verificar que sus hijos participen de manera activa en las actividades de aprendizaje procurando el logro de los objetivos propuestos; esto incluye la participación en las actividades complementarias.
- Informarse de las actividades de evaluación; revisar con sus hijos los resultados para fortalecer los logros y superar las dificultades que tengan.
- Verificar que sus hijos realicen a tiempo sus tareas y demás compromisos extra escolares relacionados con su formación. Darles orientación de acuerdo con sus conocimientos y dotarles de los materiales necesarios.
- Solicitar orientaciones de los profesores para mejorar el desempeño de sus hijos.
- Verificar que sus hijos observen un comportamiento acorde con las normas de convivencia.
Además de lo anterior, los padres de familia y/o acudientes deben responder al llamado que le hagan los docentes y coordinadores; así como también, asistir puntualmente a las reuniones periódicas para entrega de informes y/o reuniones de apoyo y formación, tales como escuelas de padres y otros.
Articulo 24. DE LOS DOCENTES Y SU PRÁCTICA PEDAGÓGICA.
De acuerdo con los propósitos de la evaluación integral, a continuación presentamos algunas recomendaciones y guías relacionadas con la práctica pedagógica del docente:
a) DOMINIO DE LOS ESTÁNDARES E INDICADORES DE LOGROS:
- Conocer los estándares e indicadores de logros de la clase.
- Comunicar con claridad los logros propuestos.
- Al preparar la clase tener en cuenta las exigencias de grado, asignatura, momento del desarrollo y nivel.
- Desarrollar las competencias propias de la asignatura.
b) DOMINIO DEL CONOCIMIENTO:
- Realizar el tratamiento correcto y contextualizado de los conceptos.
- Establecer relación entre los conceptos y los procedimientos que se trabajan en clase.
- Revisar la correspondencia entre los logros, conocimientos y las características psicológicas de los estudiantes.
- Exigir a los estudiantes corrección en sus respuestas.
- Propiciar la integración de dimensiones y áreas.
- Escuchar a los estudiantes, establecer si las orientaciones dadas fueron claras, precisas, flexibles y directas.
- Tener en cuenta el diagnóstico de los estudiantes y diseñar la forma de garantizar su atención.
- Planear dentro de la clase preguntas que generen pensamientos, aportes, participación y trabajo en grupo.
- Ser flexible ante los mensajes, necesidades o iniciativas que manifiestan los estudiantes.
- Planear situaciones de aprendizaje que propicien responsabilidad compartida y aprovechar las situaciones que se presentan dentro de la clase.
- Aprovechar todas las posibilidades para construir el conocimiento con los estudiantes.
- Utilizar métodos y procedimientos que orienten y activen a los estudiantes hacia la búsqueda independiente del conocimiento hasta llegar a la esencia del concepto y su aplicación.
- Estimular la búsqueda de la información en otras vías, proporcionando el desarrollo del pensamiento reflexivo y de la independencia cognoscitiva.
- Utilizar diferentes niveles de ayuda que le permitan al estudiante reflexionar sobre sus errores.
- Facilitar el desarrollo de las competencias.
c) RECURSOS:
- Emplear los medios didácticos, audiovisuales (láminas, juegos, maquetas, modelos, objetos naturales) y las TIC (PC, radio, prensa, TV, DVD, video-bean, cámara) para favorecer el aprendizaje integral.
- Explotar las potencialidades que el medio me ofrece.
- Utilizar materiales llamativos y sugerentes para propiciar la participación de los estudiantes.
- Manejar de forma amplia y suficiente el tema a desarrollar.
- Manejar adecuadamente las MTIC (PC, radio, prensa, TV, DVD, video-bean, cámara).
d) CLIMA PSICOLÓGICO DEL SALÓN DE CLASE:
- Favorecer un clima agradable hacia el aprendizaje donde con respeto y afecto los estudiantes expresen sentimientos, argumentos y planteen proyectos propios.
- Utilizar un lenguaje coloquial con un tono adecuado para dirigirse a los estudiantes.
- Reflexionar sobre los juicios que se hacen sobre los estudiantes.
- Controlar situaciones que puedan afectar la disponibilidad de los estudiantes hacia el aprendizaje.
e) ETAPA DE MOTIVACIÓN:
- Motivar a los estudiantes de modo que el proceso tenga significado en los diferentes momentos de la actividad
f) ETAPA DE ORIENTACIÓN:
- Propiciar en los estudiantes actividades que les permitan establecer nexos entre lo conocido y lo nuevo por conocer.
- Lograr que los estudiantes comprendan el ¿Qué?, ¿Para qué?, ¿Cómo? Y bajo qué condiciones van a aprender.
- Utilizar vías metodológicas que orienten e impliquen a los estudiantes en el análisis de las condiciones, de las tareas y de los procedimientos que deben utilizar.
- Dar a conocer a los estudiantes la programación para el desarrollo de la asignatura, los logros a alcanzar, la metodología y las formas de evaluación
g) ETAPA DE CONTROL:
- Propiciar la realización de actividades de control y valoración por parejas y colectiva.
- Definir criterios claros para hacer seguimiento y controlar las acciones y actividades desarrolladas por los estudiantes.
- Entregar con prontitud a los estudiantes las diferentes evaluaciones, talleres, tareas, investigaciones, etcétera, con el fin de llevar a cabo la retroalimentación en el aula.
h) PRODUCTIVIDAD DURANTE LA CLASE:
- Planificar actividades que garanticen la máxima productividad de los estudiantes durante la clase.
Articulo 25. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
El presente Sistema Institucional de evaluación, fue consultado previamente con representantes de los profesores, padres de familia y estudiantes, por medio de correo electrónico y reuniones colectivas. Se recibieron las sugerencias por el mismo medio, quedando organizado tal como se aprueba en este ACUERDO.
Previo a lo anterior se hizo conocer la propuesta a los miembros del Consejo Directivo y del Consejo Académico en reuniones directas de socialización.
El Consejo Académico fue el encargado de hacer el análisis de la propuesta, divulgarla y recibir las sugerencias de las instancias mencionadas anteriormente.
Por último, se efectuó una reunión entre el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución, en la que estuvieron los representantes de las Directivas, profesores, padres de familia, estudiantes, ex estudiantes y un representante de los gremios económicos, para aprobar el Sistema que tendrá vigencia a partir del año 2010.
Articulo 26. FIRMAN MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO
Las adiciones o enmiendas a este ACUERDO, se pueden hacer en cualquier época del año, previo estudio y aprobación del Consejo Directivo.
El presente acuerdo se firma en Magangué Bolívar a los 22 días del mes de Enero de 2010.
El presente acuerdo rige a partir del 25 de Enero de 2010, fecha en la que se da inicio al año lectivo respectivo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Firmado Consejo Directivo de la Institución Educativa San Mateo.